Soberano Congreso Constituyente Mexicano
Decreto del 4 de Octubre de 1824
El Acta
Constitutiva de la Federación fue aprobada por el segundo Congreso Constituyente
el 31 de enero de 1824, con este hecho, los legisladores sientan las bases para
la discución constitucional. La Constitución Federal de los Estados Unidos
Mexicanos de 1824 tenía además como antecedentes: los Elementos Constitucionales
(1811) de la Junta de Zitácuaro, la declaración de los Sentimientos de la Nación
de 1913 y el Decreto Constitucional par la América de 1814, mejor conocido bajo
el nombre de Constitución de Apatzingán, los dos últimos emanados del Supremo
Congreso Nacional de América, Congreso de Anáhuac o de Chilpancingo, y del Acta
de Declaración de la Independencia y Soberanía de México del 6 de noviembre de
1813.
El constituyente tuvo dos preocupaciones fundamentales: por una parte,
la necesidad de organizar funcionalmente un Estado federado; y por la otra
mantener el precepto de la soberanía popular que permitiera el mantenimiento de
una república representativa, con división de poderes, en donde el pueblo fuera
siempre el supremo elector. La Constitución resuelve no solo el debate entre
centralistas y federalistas, sin no que define el establecimiento de una
República con un Poder Legislativo fuerte, y un Ejecutivo débil, sin ser
propiamente una República Parlamentaria.
El 4 de octubre de 1824, una vez que el Constituyente aprobó la
Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, a eso de las dos de la
tarde, con el repique de campas, y disparos de salvas de artillería en la
baterías de la Capital, se anunció dicho acontecimiento. La constitución de 1824
es un documento fuertemente ideológico, típico del liberales de la época, lejos
del pragmatismo de la legislación anglosajona, sin embargo se impira de manera
importante en el modelo de federalismo norteamericano. Este incipiente
federalismo tomaba como antecedente la división política colonial.
La constitución de 1824 consuma para siempre la libertad e independencia de México; mantiene su pertenencia absoluta al catolicismo apostólico y romano; adopta un gobierno del tipo de república representativa popular federal; reconoce como parte de la federación a 19 Estados y 4 territorios; divide el supremo poder en legislativo, ejecutivo y judicial, los organiza de manera amplia y detallada; deposita el poder legislativo en dos cámaras, una de diputados y otra de senadores; otorga una mayor importancia al poder legislativo, en ese sentido, en el título tercero denominado Del Poder Legislativo, se compone, nada mas y nada menos, que de siete secciones y 76 artículos; establece el gobierno particular de los Estados libres y soberanos, igualmente dividido en legislativo, ejecutivo y judicial; y define las restricciones de los poderes de los Estados.
El texto digitalizado que Tlahui pone a sus disposición fue sustraido del documento original, se incluye además un préambulo de Mario Rojas que introduce al lector en el contexto y contenido del documento. Antes de iniciar el texto constitucional, se incluye también el Manifiesto del Congreso General Constituyente, emitido por el Congreso General Constituyente el 4 de Octubre de 1824 y dirigido a los Habitantes de la Federación.
La constitución de 1824 consuma para siempre la libertad e independencia de México; mantiene su pertenencia absoluta al catolicismo apostólico y romano; adopta un gobierno del tipo de república representativa popular federal; reconoce como parte de la federación a 19 Estados y 4 territorios; divide el supremo poder en legislativo, ejecutivo y judicial, los organiza de manera amplia y detallada; deposita el poder legislativo en dos cámaras, una de diputados y otra de senadores; otorga una mayor importancia al poder legislativo, en ese sentido, en el título tercero denominado Del Poder Legislativo, se compone, nada mas y nada menos, que de siete secciones y 76 artículos; establece el gobierno particular de los Estados libres y soberanos, igualmente dividido en legislativo, ejecutivo y judicial; y define las restricciones de los poderes de los Estados.
El texto digitalizado que Tlahui pone a sus disposición fue sustraido del documento original, se incluye además un préambulo de Mario Rojas que introduce al lector en el contexto y contenido del documento. Antes de iniciar el texto constitucional, se incluye también el Manifiesto del Congreso General Constituyente, emitido por el Congreso General Constituyente el 4 de Octubre de 1824 y dirigido a los Habitantes de la Federación.
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